Pueblos y Comunidades Indígenas

Análisis Situacional de los Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas

La lucha histórica por los derechos de los pueblos y comunidades indígenas ha sido compleja. La forma en que los derechos humanos se han concebido ha sufrido un cambio tendencial. Clásicamente, los derechos individuales habían sido el eje del entendimiento y fundamento de los derechos, sin embargo, con el desarrollo del pluralismo jurídico y el multiculturalismo, se articuló una visión que clarifica la dimensión e importancia de la protección de los derechos de naturaleza colectiva, los cuales son la base y sustento de los derechos humanos de los pueblos indígenas, toda vez que el ejercicio efectivo de ciertos derechos individuales, está supeditado al respeto y garantía de los derechos colectivos.

Algunos de estos derechos son: los culturales y territoriales, derecho a la identidad, a la educación, a la salud, y al idioma, derecho a no ser discriminado con motivo del origen o identidad indígena, derecho a la libre determinación, a la propiedad intelectual, a conservar y reforzar sus propias instituciones, derecho a la consulta previa, libre e informada, y a decidir las prioridades para el desarrollo, por mencionar algunos.

En el sistema universal de derechos humanos, se cuenta con el Convenio N° 169 “Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes” de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Se trata de un cuerpo normativo cuyos principios básicos son: la identificación de los pueblos indígenas y tribales, no discriminación, medidas especiales para combatir la situación de vulnerabilidad, reconocimiento de la cultura, derecho a decidir las prioridades para el desarrollo, y el derecho a la consulta previa, libre e informada. Se basa en una actitud general de respeto por las culturas y el modo de vivir de los pueblos indígenas y el supuesto fundamental de que estos constituyen sociedades permanentes con derecho a determinar sus propias prioridades para el desarrollo.

Asimismo, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007), tiene como motivación “el hecho de que los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y de haber sido desposeídos de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses”, por lo que sistematiza y reconoce sus derechos colectivos.

En el sistema regional, la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2016), reconoce "la urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su filosofía, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos". Asimismo, establece parámetros de protección relacionados con derechos colectivos; identidad cultural; derechos organizativos y políticos; y derechos sociales, económicos y de propiedad.

En el año 2001, el Constituyente Permanente reformó la Constitución Federal del país con el fin de establecer las bases jurídicas para el ejercicio de los derechos humanos de los pueblos indígenas, contemplando en el artículo 2° que: “la Nación mexicana es única e indivisible. La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”.

Esta reforma, dotó al artículo 2° de la Constitución de dos apartados, estableciendo en el primero de ellos, de manera central, una serie de derechos para los pueblos originarios, a saber, a) decidir sus formas internas de convivencia y organización, aplicando sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos b) elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales a sus autoridades y representantes, c) el derecho para acceder a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra, d) a preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos aquellos elementos que constituyan su identidad indígena, e) conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras, y f) elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos; mientras que en el segundo apartado se establece la obligación del gobierno federal, los gobiernos de los estados y de los municipios de crear las instituciones específicas para atender a la población indígena, las cuales deben de ser operadas junto con representantes de los pueblos y comunidades interesadas y con ello lograr el desarrollo de los mismos.

Esta Comisión Nacional es consciente de la condición de vulnerabilidad de los pueblos y comunidades indígenas en México, quienes aún en la época contemporánea sufren violaciones a sus derechos humanos. Actualmente se encuentran en una situación de discriminación estructural, así como en desventaja socio-política y económica respecto del resto de la población.

De acuerdo con datos de la Encuesta Intercensal 2015, 25.7 millones de personas en nuestro país se auto reconocen (auto adscriben) como indígenas, lo que representa el 21.5% de la población total. Por su parte el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en su informe de 2014, afirma que el 73.2% de la población indígena se encuentra en situación de pobreza en relación con el 43.2% de la población no indígena, y el 31.8% de la población indígena se encuentra en pobreza extrema en relación con 7.1% de la población no indígena.

La vulnerabilidad que esta situación supone, implica entre otras cosas, la dificultad para acceder a la salud. Según la Encuesta Intercensal antes mencionada, en el país 15 de cada 100 personas hablantes de lengua indígenas no están afiliadas a servicios de salud. Del total de afiliados a una institución que presta servicios de salud, casi la totalidad (98.8%) están afiliados a una institución del sector público, principalmente al Seguro Popular: 72.6% de la población hablante de lengua indígena está afiliada a esa institución y menos de uno por ciento (0.5%) a alguna institución privada.
 
La Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID 2014) indica que la edad promedio a la primera unión de las mujeres hablantes de lengua indígena en edad fértil es a los 18.7 años, casi dos años menos respecto a las mujeres que no hablan lengua indígena (20.3 años). De acuerdo a la misma encuesta 52.6% del total de mujeres hablantes de lengua indígena de 15 a 49 años no utilizaron algún método en su primera relación sexual por desconocimiento, mientras que entre las mujeres que no hablan lengua indígena, el desconocimiento en la primera relación sexual se reduce a 26.3%. Adicionalmente, entre las mujeres hablantes de lengua indígena unidas el uso de métodos anticonceptivos es bajo; mientras 73 de cada cien mujeres unidas que no hablan lengua indígena usan algún método anticonceptivo, 59 mujeres hablantes de lengua indígena emplean alguno.

Según el Banco Interamericano de Desarrollo, en el país persiste una brecha significativa entre la población indígena y la no indígena en cuanto al acceso al derecho de la educación. Especialmente las mujeres indígenas son quienes presentan los niveles más altos de analfabetismo y baja escolaridad.

El porcentaje de niñas y niños hablantes de lengua indígena que no asisten a la escuela, en edad preescolar (de 3 a 5 años) es similar entre hablantes y no hablantes de lengua indígena, 64.4 y 63.7% respectivamente. En el caso de la población entre los 6 y 14 años, edad en que se cursa la primaria y la secundaria, el porcentaje de niñas y niños hablantes de lengua indígena (92.7%) que asiste a la escuela es menor en comparación con los niñas y niños no hablantes (96.7%).

La diferencia en la aptitud para leer y escribir en niñas y niños de 6 a 14 años entre la población hablante y no hablante de lengua indígena es del doble; es decir, dos de cada diez niñas y niños hablantes de lengua indígena no sabe leer ni escribir, mientras que, entre no hablantes, uno de cada 10 no cuenta con la aptitud; 23% de los hablantes de lengua indígena de 15 años y más no pueden escribir ni leer, en comparación con el 4.2% de no hablantes, que se encuentran en esta situación. También la escolaridad acumulada de la población mayor de 15 años de edad hablante de lengua indígena es inferior respecto a no hablantes de alguna lengua. En promedio, el primer grupo estudia 5.7 años; esto representa 3.7 años menos que la población que no habla lengua indígena, la cual en promedio alcanza 9.4 años de estudio.

En México, de acuerdo a la Encuesta Intercensal 2015, 46.9% de la población de 15 años y más hablante de lengua indígena es económicamente activa, es decir, desempeña alguna actividad laboral o busca trabajo, cifra que es 7.8 puntos porcentuales menor a la participación económica de las y los no hablantes de lengua indígena (54.7%). Las personas indígenas trabajan principalmente como empleados u obreros (37.7%), trabajadores por su cuenta (28.7%) y desempeñando labores del campo y como jornaleros o peones (11.5%). Es de destacar la mayor participación de mujeres indígenas que trabajan por su cuenta (32.2%), en comparación con las mujeres no hablantes de lengua indígena (19.0%). Mientras que 15 de cada cien hablantes de lengua indígena son trabajadores sin pago, en comparación con dos de cada cien de no hablantes de lengua indígena. 

Por lo que hace al derecho a la vivienda digna, el 13.4%  de las viviendas en las que habita al menos una persona que habla lengua indígena tienen piso de tierra, en comparación con 2.6% de las viviendas donde no hay hablantes de alguna lengua indígena. Existen 40.2% de viviendas con población que habla alguna lengua indígena que cuentan con agua dentro de la vivienda; en contraste, en viviendas donde no hay población hablante de alguna lengua indígena el porcentaje casi se duplica (77.5%). Es de subrayar que 14.3% de las viviendas con hablantes de lengua indígena no disponen de agua entubada, esto representa más del triple del porcentaje de viviendas donde no hay hablantes de lengua indígena en la misma condición (4.2%). Respecto al drenaje existe una diferencia importante al acceso de este servicio: 25.5% de las viviendas con residentes hablantes de lengua indígena no dispone de drenaje, en contraste con el 4.1% de las viviendas sin población indígena en la misma condición. 

La insuficiencia de servicios básicos en la vivienda como el agua entubada y el servicio de drenaje, así como las viviendas con piso de tierra indican que la inversión de recursos públicos en asentamientos con población hablante de lengua indígena sigue teniendo notables diferencias en comparación con el resto del país.

Además, los integrantes de los pueblos indígenas enfrentan con frecuencia discriminación por su pertenencia étnica, en la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México de 2010, se encontró que el 75.4% de la población considera que los derechos de las personas indígenas se respetan poco o nada. Asimismo, dicha encuesta arrojó que “el principal problema que perciben las minorías étnicas es la discriminación; seguido de la pobreza y el desempleo. Es importante destacar que este grupo opina que la lengua representa uno de sus principales problemas”.

 
 

Pueblos y Comunidades Indígenas como Grupo de Atención Prioritaria

En este sentido, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a través del Programa de Promoción y Difusión de Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, con el fin de consolidar una cultura preventiva y de respeto de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas, realiza diversas actividades dentro de las cuales se encuentran las pláticas, conferencias, cursos, foros, seminarios, reuniones y acuerdos interinstitucionales, tanto a través de visitas de trabajo en comunidades indígenas, como de acciones de capacitación a personas servidoras públicas relacionadas con la materia.
 
Durante 2017, el Programa de Promoción y Difusión de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, tuvo como prioridad fortalecer el trabajo para la protección de los derechos indígenas, en coordinación con instituciones de diferentes ámbitos, a través de la implementación de acciones de capacitación dirigidas a personas servidoras públicas con el fin de que las Instituciones del Estado den atención a los reclamos de los pueblos y tomen medidas sobre las necesidades de las personas  que se auto reconocen como indígenas.
 
Para 2017 las prioridades del Programa de Promoción y Difusión de Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, se centran en continuar el trabajo con las autoridades y personas servidoras públicas, además de incrementar el número de acciones en comunidades indígenas, así como en instituciones educativas.

Promoción de los Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas

Durante 2017, se llevaron a cabo 242 acciones de capacitación en materia de Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, en las que se contó con la participación de 15,688 personas; 83 actividades se dirigieron a 6,695 personas servidoras públicas, 8 actividades a 603 habitantes y líderes de las comunidades indígenas, 11 más, a 639 estudiantes de nivel superior, 28 a 1,403 estudiantes de nivel medio superior y 112 acciones, a 6,348 estudiantes de educación básica.
 
Entre los temas abordados, destacan: “Promoción y Defensa de los Derechos Humanos y los Derechos Indígenas” “Los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas”, “Género y Derechos Humanos”, “Derechos de las Mujeres Indígenas”, “Legislación Indígena y Derechos Humanos”, y “Discriminación y Derechos Humanos”.

Como parte de estas actividades, destacan 11 eventos de convocatoria amplia, tres conversatorios, siete foros y una proyección de largometraje, que tuvieron lugar en los estados de Michoacán, Estado de México, Ciudad de México, Veracruz, Oaxaca, Chihuahua y Jalisco realizados con personas servidoras públicas, líderes Indígenas y de pueblos negros, en el que se abordan las principales problemáticas que enfrentan estos grupos en situación de vulnerabilidad.

En estos eventos participaron académicos, especialistas y miembros de la sociedad civil; así como líderes y representantes indígenas, quienes expusieron las principales violaciones a los derechos humanos en sus pueblos y comunidades y propusieron diferentes alternativas para la solución de los mismos.

Acciones de Vinculación de los Derechos Humanos en Materia Indígena

Es importante mencionar que como parte de las acciones de vinculación se realizaron 9 reuniones de trabajo con diferentes instituciones, a fin de concretar acuerdos de colaboración para el desarrollo de acciones de promoción.

 

Actividades de Difusión de los Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas


Durante el desarrollo de las diferentes actividades, se distribuyeron 84,437 ejemplares de material de difusión entre dípticos, trípticos, cartillas, folletos cuadernillos, cuadernos de trabajo y carteles.

Informes y Recomendaciones Generales en Materia Indígena

En el marco del convenio general de colaboración entre el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se presentaron dos informes: 1)  Adolescentes, vulnerabilidad y violencia, donde se analizan las condiciones de vulnerabilidad que enfrentan las y los adolescentes que se encuentran privados de su libertad por haber cometido infracciones graves, analizando también las situaciones que enfrentan las y los adolescentes indígenas, y  2) El derecho a la protección de la salud de las mujeres indígenas en Mé xico. An álisis nacional y de casos desde un enfoque de D.D. H.H, un recorrido hist órico sobre los retos y avances en el reconocimiento del derecho a la salud de las mujeres indígenas y su diversa implementación en programas y polí ticas p úblicas desarrollados por el Estado mexicano, que hace énfasis mediante un enfoque de derechos humanos en la importancia del respeto a la dignidad de las mujeres indígenas; visibiliza el cambio de paradigma, desde aquella concepción en la que prevalecía como política de salud y población, la de planificación familiar, a otra basada en un enfoque más amplio de derechos sexuales y reproductivos, en el que se reconoce la importancia de la participación y punto de vista de las propias mujeres indígenas. La publicación incluye estudios cualitativos y cuantitativos que reflejan la afectación a múltiples derechos cuando, por falta de prevención y atención oportuna, el de la salud no es garantizado, y describen situaciones sensibles y graves, que han vulnerado no sólo la dignidad sino la vida de mujeres indígenas en el país.

Asimismo, se subraya la emisión de la Recomendación General 31/2017 “Sobre la Violencia Obstétrica en el Sistema Nacional de Salud” donde la CNDH reitera la importancia de las prácticas tradicionales y el rol de las parteras en la atención materno infantil y la prevención de la violencia obstétrica, mediante el fortalecimiento del “Modelo de Atención a las Mujeres durante el Embarazo, Parto y Puerperio con Enfoque Humanizado Intercultural y Seguro”, de la Secretaría de Salud. En dicho modelo se propone una estrategia alternativa para erradicar la violencia institucional y coadyuvar a la atención oportuna y eficaz de las mujeres durante el embarazo, el parto y el puerperio, en que la mujer embarazada sea la protagonista de su parto y se involucre la participación de las parteras y los parteros tradicionales, asistidos, de ser necesario, por médicos, así como herramientas interculturales para escuchar la voz de las mujeres y hacer del modelo citado uno en que aquéllas sean sujetos y no objetos de la atención. La recomendación resalta la importancia de que la partera o partero tradicional que ha acompañado a la mujer durante el embarazo pueda colaborar con el sistema de salud durante el parto, pues además de las cuestiones fisiológicas, esas personas atienden las necesidades culturales y espirituales de la mujer embarazada.