Jóvenes, Personas Mayores y Familias

Análisis Situacional de los Derechos Humanos de las y los Jóvenes, Personas Mayores y las Familias

Antecedentes

El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece el deber del Estado de proteger la organización y desarrollo de las familias, para lo cual se han reconocido en la legislación, derechos y obligaciones específicas de sus integrantes, en especial de quienes, por diversas causas, enfrentan mayores dificultades para el goce y ejercicio de sus derechos, entre los que se encuentran niñas, niños y adolescentes, las y los jóvenes y las personas mayores, para cuya protección existen instituciones que brindan servicios y atención especializados, tales como el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Fiscalías Especializadas y Centros de Atención a la Violencia Familiar, Tribunales familiares, Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Instituto Mexicano de la Juventud o el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, sin embargo, circunstancias generalizadas como la pobreza, la falta de educación de calidad y la violencia, son factores que laceran la dignidad humana y truncan las expectativas de desarrollo de las familias.
 
El paradigma de los derechos humanos, base de nuestro sistema jurídico nacional e internacional, a partir de la reforma constitucional de 2011, exige la realización de acciones concretas por parte de los poderes públicos que posibiliten el desarrollo integral de las personas, de manera que todas y todos cuenten con las mismas oportunidades a fin de realizar sus proyectos de vida de una manera plena. La normativa internacional ratificada por el Estado mexicano, ha permito ampliar el catálogo de derechos que goza la población mexicana, la cual obliga a los gobiernos a establecer en su derecho interno mecanismos efectivos para hacerlos cumplir y garantizarlos.
 
Durante los últimos seis años, hemos sido testigos de la trascendencia de los principios pro persona e interpretación conforme que han dado lugar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Tribunales de la Federación y los órganos jurisdiccionales del fuero común, adopten criterios con una perspectiva que se aleja de la aplicación estricta del derecho positivo y privilegia la observancia de las normas de derechos humanos, lo cual es indispensable para conformar un sistema de justicia que responda a las necesidades de la población.
 
En consonancia con lo anterior, se han emitido criterios trascendentales que involucran a las familias, las juventudes y las personas mayores, en temas como violencia familiar, igualdad de género, matrimonio igualitario, derecho a la identidad en casos de reasignación sexo-genérica, interrupción del embarazo, interés superior de niñas, niños y adolescentes, adopción, guarda y custodia, patria potestad, derechos de las mujeres, derechos sociales, derechos de los pueblos indígenas, por citar algunos.
 
No obstante, es importante reconocer que el Estado, la comunidad y las familias, son corresponsables de garantizar el cumplimiento de los derechos de sus integrantes, pues ante la complejidad de las problemáticas que enfrentan, sólo su actuación conjunta y coordinada permitirá atenderlas de manera integral.
 
Las juventudes, por ejemplo, enfrentan enormes desafíos para el goce y ejercicio pleno de sus derechos, lo cual puede derivar en la carencia de oportunidades para tener condiciones de vida digna en el presente y construir bases sólidas en la realización de sus proyectos y objetivos en el futuro.
 
Las personas de 60 años o más, constituyen un segmento poblacional que con frecuencia sufre diversas formas de discriminación, negación o vulneración de sus derechos y falta de oportunidades de desarrollo económico y personal. Las causas de esas transgresiones son diversas, entre ellas puede identificarse una como determinante: la percepción social negativa sobre el envejecimiento, la cual, suele desembocar en un estatus de vulnerabilidad múltiple.

La atención de tales problemáticas, demanda que todos los órganos del Estado actuemos a la altura de las exigencias que entraña la materialización de los principios esenciales del Estado de Derecho y así estar en posibilidad de brindar a las personas la protección más amplia contra los actos u omisiones que atenten o menoscaben su dignidad e integridad, para cuya tarea es inminente conocer indicadores asociados a las familias, las y los jóvenes y las personas mayores que muestren un panorama general de su situación y las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentran en nuestro país.

Contexto Actual

Familias

De acuerdo con datos del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, en la sociedad mexicana existen 11 tipos de familias con estructura y organización diversa al modelo de “familia tradicional” formada por madre, padre e hijos(as), pero que comparten funciones comunes de protección, seguridad y formación de sus integrantes. Cifras del INEGI, revelan que en 2015 había en el país 39, 949, 709 hogares, de los cuales un 89.4% era habitado por familias, de las cuales, 71.8% eran nucleares, 25.9% ampliadas y 2.3% compuestas. A su vez, se registró que el 56.2% de hogares eran biparentales, 17.5% monoparentales y 26.3% presentaban otras estructuras. Un 10.2% de hogares en el país se integran por una sola persona.
 
El Informe Especial de la CNDH sobre Violaciones a los Derechos Humanos y Delitos Cometidos por Homofobia de 2010, reveló que a pesar de la diversidad de estructuras familiares, en nuestro país es frecuente la discriminación y estigmatización por cuestiones de género o de preferencia sexual, prácticas que no sólo atentan contra la dignidad humana, sino que pueden derivar en actos que excluyen o transgreden la integridad de las personas, que impiden u obstaculizan su normal desarrollo y dan lugar a sociedades homofóbicas, lesbofóbicas y/o transfóbicas. A causa de lo anterior, integrantes de familias homoparentales o de otro tipo de estructura diferente a la tradicional, han sido orillados a hacer del ocultamiento una estrategia de sobrevivencia, e incluso, se han visto obligados a cambiar su lugar de residencia o a buscar refugio en el extranjero.
 
Las carencias de espacio, calidad y servicios disponibles en los inmuebles de las familias, inciden en sus posibilidades reales de mejorar sus condiciones de vida, además de que son factores que pueden derivar en la afectación de otros derechos humanos como la salud, alimentación, y educación. Contar con una vivienda digna es un requisito indispensable para que las relaciones familiares contribuyan al desarrollo y bienestar individual. Respecto a las condiciones de las viviendas en México, datos del INEGI en 2014 indican que el 26.2% de ellas carecía de techo de concreto, 3.4% tenía piso de tierra, 13% no contaba con cocina, 31.3% tenía un sólo dormitorio, 7% no disponía de agua entubada, y 6.4% carecía de drenaje, mientras que únicamente el 33.6% tenía una computadora y el 29.9% acceso a internet.
 
De acuerdo con el Estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) “Transformando la Política Urbana y el financiamiento de la Vivienda”, en las últimas décadas ha mejorado la calidad y el acceso a créditos de financiamiento de las viviendas, sin embargo, las políticas de desarrollo urbano han generado la aglomeración de las familias lejos de sus lugares de trabajo y servicios básicos, lo que ha derivado en incremento de problemas de movilidad, expansión de la mancha urbana, pérdidas de productividad y menores niveles de bienestar.
 
La Encuesta Nacional de Vivienda 2014 del INEGI, menciona que aunque el 60.41% de las familias son dueñas de sus viviendas, el 15.8% de ellas rentan, 12.84% residen en inmuebles prestados y 10.4% están sujetas a algún tipo de financiamiento para su adquisición. Una situación preocupante en este aspecto es la falta de información sobre los asentamientos humanos irregulares que, por lo general, enfrentan situaciones de pobreza extrema, pues al día de hoy las familias que viven en ellos están fuera de los indicadores y estadísticas, lo que dificulta el diseño de políticas públicas para su atención. Cifras referidas por la Auditoria Superior de la Federación, estiman que en 2014 existían por lo menos 5 millones de lotes habitacionales informales, irregulares o ilegales en el país y que cada año se fraccionan 90 mil de ellos involucrando a 360 mil habitantes.
 
De acuerdo al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), el ingreso económico de las familias en México presenta brechas importantes entre los deciles poblacionales; así por ejemplo, el INEGI, a través de la Encuesta México en cifras, Hogares y Vivienda 2016, muestra que el ingreso promedio trimestral de las familias en el decil I (correspondiente al 10% de la población más pobre) en 2016, fue de $8,166; en el decil V ascendió a $28,812, mientras que en el decil X (10% de la población más rica), alcanzó los $168,855 trimestrales.
 
Según INEGI, en 2017 existían 3,583,529 trabajadoras y trabajadores subordinados y remunerados cuyos ingresos fueron de un salario mínimo general o menos; además, estudios de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL) han advertido que durante 2010 y  2014, se registró una disminución de los ingresos de la población, lo cual ha constituido el principal factor de aumento de la pobreza.
 
Sobre la dinámica de las relaciones entre los integrantes de las familias, INEGI ha señalado que en 2016, los hombres que tenían a su cargo la provisión de ingresos a sus familias, destinaron a las labores del hogar un promedio de 31.3 horas a la semana, mientras que las mujeres proveedoras dedicaron 68 horas, de lo que se advierte una marcada desigualdad en la responsabilidad de las labores del hogar, originada, principalmente, por los roles y estereotipos de género.
 
De acuerdo al INEGI, en 2015 ingresaron 701,186 demandas en materia familiar a los juzgados del fuero común, esto es el 42.8% del total de las que ingresaron en ese año de todas las materias (1,638,286), cuya competencia correspondió a 340 jueces de lo familiar en todo el territorio nacional; mientras que en el año 2016, tan sólo en la Ciudad de México, ingresaron 106,685 expedientes a los juzgados orales en materia familiar del Tribunal Superior de Justicia.
 
También en ese año, fueron presentadas 150,475 solicitudes de atención para la resolución de conflictos a través de la justicia alternativa, de las cuales, 54,515 (39.5%) fueron en materia familiar, porcentaje más alto respecto a las otras materias.
 
En materia penal, el INEGI reveló que en 2016, el delito de violencia familiar fue el más registrado en las causas penales ingresadas en los juzgados del fuero común con 20,187 casos, ocupando el segundo lugar de los 10 ilícitos (de los fueros común y federal) más frecuentes, sólo después del robo.
 
Otro de los fenómenos que afecta a las familias en México es el desplazamiento forzado interno (DFI), del cual no se conocen cifras exactas. La CNDH, en el Informe Especial sobre DFI, publicado en mayo de 2016, constató la existencia de 1,784 personas afectadas, sin embargo, el número de personas referenciadas por terceros ascendió a 35,433. Del análisis realizado por este Organismo, se advierte que las principales causas de su ocurrencia son conflictos religiosos, desastres naturales, violencia generada por el crimen organizado, violaciones a derechos humanos e incluso por el ejercicio de la actividad periodística. 

Es indispensable lograr el pleno reconocimiento de los diversos tipos de familias en todas las entidades federativas, de manera que ninguno/a de sus integrantes sea discriminado, excluido o sufra ataques a su dignidad e integridad por el único hecho de no pertenecer a una familia tradicional. Debemos trabajar en el cambio cultural en la sociedad de manera que todas las expresiones de la individualidad sean respetadas, para hacer efectivo el criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en enero de 2017, en el que determinó que la vida familiar de las parejas del mismo sexo, no se limita únicamente a su relación, sino que puede extenderse a la procreación y a la crianza de niños y niñas según la decisión de los padres y madres.
 
Concientizar a las personas sobre temas fundamentales como los derechos y deberes derivados del matrimonio o concubinato; las obligaciones de las familias respecto a niñas, niños y adolescentes, las y los jóvenes, las personas mayores y con discapacidad; la distribución equitativa de las responsabilidades del hogar, y la igualdad de género, contribuiría a prevenir conflictos entre sus integrantes. Por ello, es necesario implementar acciones de promoción y difusión sobre modelos de crianza positiva libres de toda forma de violencia; la diversidad de las masculinidades, las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad respecto a los derechos de sus hijas e hijos, las responsabilidades familiares compartidas y la erradicación de la violencia contra las personas mayores, menores de edad y por razón de género.
 
El número de conflictos familiares que cada año ingresan al Sistema de Justicia, es indicativo de la carencia de habilidades para la resolución pacífica de las diferencias entre sus integrantes, quienes se ven obligados a solicitar la intervención de las autoridades de justicia alternativa o jurisdiccionales para dirimirlas. No obstante, los sistemas de recopilación de datos en ese rubro son aún incompletos, pues el país no cuenta con indicadores desagregados que permitan identificar con claridad, el nivel de eficiencia y eficacia de las instituciones de procuración e impartición de justicia en materia familiar, de tal suerte que, por ejemplo, no se cuenta con cifras nacionales y análisis global y diferenciado sobre el número real de demandas y de deudores alimentarios; de conflictos de guarda y custodia o pérdida de la patria potestad y las causales acreditadas, de despojo, fraude y otros delitos patrimoniales contra personas mayores; ni mucho menos existen herramientas para evaluar el grado de satisfacción de las y los justiciables con los servicios y atención que reciben por parte de las autoridades, cuestión que desde la perspectiva de los derechos humanos, reviste la mayor importancia para la realización del derecho de acceso de las familias y la población en general a la justicia de manera gratuita, pronta y expedita.
 
Sólo a partir de ello, podrán implementarse acciones para fortalecer y mejorar los mecanismos legales tendentes a garantizar el cumplimiento integral de las obligaciones familiares en favor de todas y todos sus integrantes, pues su observancia, no puede dejarse a la voluntad de las personas y mucho menos en caso de actos u omisiones que transgredan los derechos humanos.
 
Debemos trabajar para erradicar las brechas en ingresos y condiciones de bienestar. Además del fortalecimiento al salario mínimo, las autoridades competentes en materia laboral y de protección a trabajadoras y trabajadores, deben realizar las modificaciones normativas e implementar los mecanismos necesarios para que la fuerza laboral acceda a los servicios de salud y seguridad social, así como a un sistema de pensiones que asegure un ingreso digno en el futuro; revisar la legislación laboral para impedir los abusos por parte del sector privado; replantear la política fiscal y económica de manera que se materialice una mejor distribución del ingreso nacional, y ofrecer garantías de una defensa adecuada en caso de controversias derivadas del empleo.
 
No debe soslayarse que, las metas incluidas en la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, priorizan la atención de graves problemas sociales como la eliminación de la pobreza, la inequidad y la desigualdad, las cuales, indudablemente, requieren convocar y promover la colaboración consecuente y dinámica del sector privado cuyo potencial representa una oportunidad excelente para mejorar las condiciones de vida de las y los trabajadores y sus familias; el entorno comunitario en donde realizan sus operaciones; el medio ambiente; la productividad y el desarrollo nacional.
 
Jóvenes
 
El artículo 2 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud considera como jóvenes a las personas de entre 12 y 29 años, no obstante, las fuentes estadísticas nacionales e internacionales utilizan parámetros de edad disímiles para la recopilación y sistematización de datos sobre ese grupo poblacional, lo cual representa un problema significativo para su identificación y caracterización.
 
De acuerdo con el INEGI, en 2015 vivían en México 30.6 millones de personas de entre 15 y 29 años de edad (25.7% de la población nacional); de ellos 35.1% tenía entre 15 y 19 años, 34.8% de 20 a 24 años y 30.1% de 25 a 29 años. Las entidades federativas donde más se concentra esa población son Estado de México, Ciudad de México, Jalisco y Veracruz.
 
La CEPAL ha puesto de manifiesto que, en la región iberoamericana, las juventudes enfrentan tensiones y paradojas que inciden directa y específicamente en su calidad de vida, por ejemplo, las nuevas generaciones gozan de más oportunidades de acceso a la educación pero de menos al empleo; poseen mayor acceso a las tecnologías de la información y comunicación pero menos al poder en la toma de decisiones a nivel estatal; tienen más expectativas de autonomía pero menos opciones para materializarlas. Cifras del CONEVAL en 2016, indican que el 44.3% de personas entre 12 y 29 años, vivía en situación de pobreza, de las cuales 36.9% se encontraba en pobreza moderada y 7.3% en pobreza extrema. El 73.8% de ellas presentaba al menos una carencia social, siendo las más importantes, las carencias de seguridad social (64%), de alimentación (20.6%) y de servicios básicos en la vivienda (19.9%).
 
En materia de educación, el INEGI estimó que en 2015, 32.9% del total de la población joven asistía a la escuela, no obstante, el 1.2% de ella presentaba condición de analfabetismo, mientras que 2.9% no concluyó la educación primaria.

Con relación al empleo, en el primer trimestre de 2017, la población económicamente activa de 15 a 29 años ascendió a 16 millones de personas, de las cuales 15 millones trabajan; empero, 60.6% de ellas lo hace en el sector informal. Investigaciones de la OCDE en 2016, advierten que en nuestro país, la tasa de personas jóvenes que no trabajan, estudian o reciben capacitación, supera el 25%, tasa similar a la de países como Honduras, Guatemala y el Salvador.

Respecto al ámbito de la salud, datos del INEGI señalan que en México viven 2.2% de personas jóvenes con discapacidad y 6.6% viven con alguna limitación. Lo anterior significa que un 8.8% (2.5 millones) de jóvenes tiene alguna dificultad para realizar al menos una de las actividades diarias básicas. Sobre salud sexual y reproductiva, se encontró que 62.3% de las mujeres jóvenes de 15 a 29 años han iniciado su vida sexual, de las cuales, un 49.9% no utilizó un método anticonceptivo durante su primera relación sexual. Las mujeres de 20 a 24 años de edad son las que tienen la fecundidad más alta con 126 nacimientos por cada mil mujeres, seguidas de las mujeres de 25 a 29 años con 113. Entre las adolescentes de 15 a 19 años, el número de nacimientos por cada mil mujeres es de 77. Datos de la Encuesta Intercensal 2015, reflejan que el 19.3 % de las mujeres y el 7.2% por ciento de los hombres de entre 15 a 19 años dejó de ser soltero(a).
 
De acuerdo con la Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la Violencia y la Delincuencia (ECOPRED) 2014, 49.1% de personas entre 12 y 29 años han consumido alcohol a lo largo de su vida; 25.7% tabaco; 6.9% marihuana, 2% inhalantes y 1.6% alucinógenos, con edades promedio de iniciación en el consumo que van de los 14.5 a los 17.6 años de edad.
 
Cifras del INEGI, muestran que en 2015 se registró un total de 7,382,785 personas hablantes de lengua indígena, de los cuales 24.9% eran personas de 15 a 29 años.
 
Según la ECOPRED 2014, del total de personas emigrantes, 47.8% salió del país cuando tenía entre 15 y 29 años.

Una de las cuestiones que sin duda causa mayor alarma en la población es la temida relación entre juventudes, violencia y crimen organizado, tema sobre el que la población ha manifestado constantemente al Estado mexicano su exigencia legítima de terminar con ella; no obstante, también impera una falta de comprensión sobre los orígenes de ese fenómeno y el papel de las familias, la comunidad y los sectores público, social y privado. La OCDE ha señalado que “…cuando la pobreza es generalizada, las opciones de empleo son escasas y el Estado y las instituciones están prácticamente ausentes… muchos jóvenes se… [integran a] pandillas [que] les proporcionan poder, ingresos en efectivo, territorio y un sentimiento de pertenencia que no les ofrece ninguna otra institución social”.

Si bien es cierto que durante 2015 la inversión en materia de juventudes fue de 2.9% del Producto Interno Bruto (PIB), también lo es que aún no se ha logrado articular una política pública integral con perspectiva de derechos que responda a la complejidad de las situaciones que viven cotidianamente y que las colocan en circunstancias de vulnerabilidad que menoscaban su dignidad y reducen su calidad de vida.
 
Dentro de los compromisos adquiridos en torno a los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU, nuestro país tiene el reto de aumentar considerablemente el número de jóvenes con habilidades técnicas y profesionales necesarias para acceder al empleo y el emprendimiento; reducir la proporción de jóvenes que no están empleados y no cursan estudios, ni reciben capacitación; desarrollar y poner en marcha una estrategia para el empleo de  las y los jóvenes y aplicar el Pacto Mundial para el Empleo de la Organización Internacional del Trabajo.
 
Es imperativo que el Estado realice inversiones estratégicas de inclusión social destinadas a mejorar las condiciones de vida de las juventudes mexicanas, lo cual, a corto y largo plazo permitirá crear oportunidades incluyentes para asistir y permanecer en el sistema educativo; acceder al mercado laboral; alcanzar la igualdad de género; proporcionar herramientas para una vida autónoma; fomentar su participación en la vida política, social y económica; garantizar el ingreso suficiente a lo largo de todo el ciclo vital, y propiciar que su entorno social y familiar se desenvuelva en un ambiente armónico, saludable y libre de toda forma de violencia.
 
Acabar con las desigualdades en sectores como salud, participación y ciudadanía activa es clave para abordar tanto la inclusión social como económica de la juventud. Los principales problemas de salud física y mental de los jóvenes en nuestro país están relacionados con la violencia, el abuso de sustancias nocivas y los embarazos adolescentes. Los contextos de violencia a los que se enfrentan, influyen determinantemente en sus oportunidades y su participación activa.
 
A la par, debemos trabajar para vencer las reticencias que la sociedad, las familias y las autoridades muestran hacia las y los jóvenes, para dar paso a una visión que reconozca las numerosas realidades en que se ven inmersos; se conceda valor, se materialicen sus opiniones, ideas, proyectos y sueños, y se modifiquen los esquemas de pensamiento y actuación entre la población para promover la comprensión, entendimiento mutuo y respeto por los derechos humanos en las relaciones intergeneracionales y, sobre todo, entre los diversos grupos de la población.
 
Personas mayores

Conforme a las proyecciones del Consejo Nacional de Población (CONAPO), en 2017, residen en el país 12,973,411 personas de 60 y más años, de los cuales 53.9% son mujeres y 46.1% son hombres. La estructura de esa población varía en cada entidad federativa, de manera que hasta 2015, la Ciudad de México registraba el mayor índice de envejecimiento, seguida de Veracruz, Morelos, Yucatán y Sinaloa.
 
Cifras del CONEVAL estiman que en 2016, el 41.1% de la población mayor de 65 años vivía en condiciones de pobreza, de los cuales, 34.6% sufrían pobreza moderada y 6.6% pobreza extrema.
 
Datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2016, señalan la existencia de 33.5 millones de hogares; en 30.1% de éstos, reside al menos una persona mayor de 60 años.  A su vez, de ese porcentaje, el 16.5% son hogares unipersonales o formados por personas sin lazos de parentesco. Cabe destacar que un 63% de hogares unipersonales son de mujeres mayores y que en el 37.1% de los hogares donde vive por lo menos una mujer u hombre mayor, las familias dependen solamente del ingreso de ellas o ellos.

Hasta el primer trimestre de 2017, la tasa de participación económica de la población de 60 y más años fue de 33.9%, con una diferencia sustancial entre hombres (50.9%) y mujeres (19.6%). El porcentaje de población no económicamente activa ascendió a 66.1%, de la cual, más de la mitad se dedica a los quehaceres del hogar (54%). De las personas mayores que trabajan, el 49% labora por su cuenta y 37.8% ocupa un empleo subordinado; de éstos últimos, el 60.8% carece de servicios de salud, 61.8% labora sin contrato escrito y al menos 47.7% no tienen prestaciones. En suma, un 73.2% trabaja de manera informal.
 
Con relación al tema de salud, las estadísticas de mortalidad del INEGI en 2015 evidencian que las principales causas de muerte entre la población mayor de 60 años, son las enfermedades del sistema circulatorio (32.5%); las enfermedades endocrinas, nutricionales y metabólicas (20.1%); los tumores (13.1%); las enfermedades del sistema respiratorio (10.7%) y las enfermedades del sistema digestivo (9.1%). En ese mismo año, se registró un porcentaje de afiliación a servicios de salud de 86.30%, con una variación mínima entre hombres (85.37%) y mujeres (87.11); no obstante, del número total de personas que fallecieron en ese año, el 15.8% no estaba afiliado a ningún servicio de salud.
 
En materia de discapacidad, los datos indican que 3.4 millones de personas mayores viven con discapacidad, mientras que 4.7 millones con limitación. Asimismo, se advierte que, de la población ocupada con discapacidad, 56.4% son trabajadores por su cuenta, 18.1% son empleados y 13.7% no reciben pago. En la población que presenta alguna limitación, 52.9% son trabajadores por su cuenta, 22.6% son empleados y 11% trabajan sin pago.
 
Atendiendo a los datos de la Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social (ENESS) 2013, una cuarta parte (26.1%) de las personas mayores se encuentran pensionadas, 40.9% por jubilación, 33.9% por retiro o vejez, 17.5% por viudez y 3.6% por accidente o enfermedad de trabajo. La OCDE estimó que en 2015 el gasto público del Estado mexicano destinado al sistema de pensiones ascendió a 1.9% del PIB nacional, en tanto que el promedio de los países que la integran es de 10.3%.
 
Por lo que hace al tema de la violencia contra ese grupo de la población, el INEGI únicamente cuenta con cifras correspondientes a episodios de violencia sufridos por mujeres de 60 años en adelante, de octubre de 2010 a octubre de 2011.  En ese periodo, cerca de 1,494,953 de ellas a nivel nacional vivieron alguna agresión, de las cuales un 21.8% se clasificó como violencia psicológica, 8.9% económica, 3.2% física, y 1.1% sexual.
 
En materia educativa se contabilizó un 80.5% de personas de más de 60 años alfabetizada, con mayor prevalencia de hombres (84.6%) que de mujeres (76.9%); no obstante, ese indicador descendió a 56.29%, 57.22%, y 58.11%, respectivamente, en los Estados de Chiapas, Oaxaca y Guerrero. Tomando eso en cuenta, el grado promedio de escolaridad ascendió a 5.4 años, es decir, no cubrió los años de educación básica. Tal circunstancia se agravó en los tres Estados antes señalados dónde ese sector estudia sólo 2.93, 3.07 y 3.37 años en cada caso.

Se requiere establecer un marco jurídico apropiado que fundamente la actuación estatal, el cual sin duda, debe incorporar el contenido de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (CIPDHPM), instrumento internacional adoptado en el seno de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo objetivo es que los países firmantes incluyan o refuercen la protección de los derechos de ese grupo social y diseñen e implementen políticas públicas con perspectiva de derechos, género y ciclo de vida, sin discriminación y con un enfoque diferenciado que considere sus características particulares tanto a nivel individual como colectivo.
 
El paradigma garantista de la Convención será determinante para superar en nuestro país, la visión asistencialista sobre la vejez y dará paso al reconocimiento de las personas mayores como titulares de derechos con un papel activo en lo familiar, comunitario y social, permitiendo consolidar una cultura de respeto a su dignidad.
 
La inversión estatal debe dar prioridad a políticas y planes que contribuyan al reconocimiento efectivo de sus capacidades, habilidades y experiencia, que consideren sus características particulares y coadyuven a dotarlos de las herramientas necesarias para que se conviertan en protagonistas de su propio proceso de envejecimiento.
 
Es necesario establecer estrategias de prevención de la violencia de las personas mayores, tales como campañas de sensibilización para la población en general; concientización de las y los servidores públicos como garantes de los derechos de ese sector de la población; programas intergeneracionales; capacitación al personal de salud y de quienes les brindan cuidado en albergues públicos y privados para garantizar su acceso en condiciones de igualdad y un trato sensible y diferenciado.
 
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos reitera la importancia de continuar los trabajos para fomentar una cultura de respeto y trato digno hacia las personas mayores, favorecer su revaloración y plena integración social, así como procurar la mayor sensibilidad, conciencia social, respeto, solidaridad y convivencia entre generaciones, con el fin de evitar toda forma de discriminación o abandono por motivo de edad, género, estado físico, condición social, o cualquier otra que impida el goce de sus derechos.

La CNDH en Materia de las y los Jóvenes, las Personas Mayores y las Familias

En julio de 1993, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos creó el Programa sobre Asuntos de la Niñez, la Mujer y la Familia, el cual cambió su denominación en enero de 2005 a Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia, debido a la separación de los temas sobre derechos de las mujeres.
 
A partir de 2017, la Coordinación sobre Asuntos de la Niñez y la Familia, cuyo objetivo se ha adaptado a las necesidades sociales de nuestro país, coadyuva en la observancia, promoción, divulgación y estudio de los derechos humanos de las y los jóvenes, las personas mayores y las familias, desde un enfoque integral, transversal, con perspectiva de derechos y de género, por lo que ha dividido su labor en dos programas presupuestarios denominados E011 Atender asuntos relacionados con niñas, niños y adolescentes y E032 Atender asuntos relacionados con jóvenes, personas mayores y las familias, con lo cual se busca fortalecer la atención que se brinda a cada una de las poblaciones objetivo.
 
La Coordinación proporciona a la población en general servicios de información y orientación jurídica de manera presencial, vía telefónica y por medios electrónicos; así como pláticas, cursos, talleres, conferencias y actividades de capacitación o actualización a servidoras y servidores públicos e integrantes de organizaciones de los sectores social y privado en temas de derechos humanos de las juventudes, personas mayores y familias; se realizan estudios e investigaciones sobre los derechos humanos de esos grupos poblacionales para formular estrategias encaminadas a prevenir conductas violatorias de los mismos y promover el perfeccionamiento del marco jurídico que los protege; se elaboran y distribuyen materiales de divulgación con el objeto de difundir el conocimiento de sus derechos humanos y; se realizan actividades de vinculación con instituciones públicas y privadas para dar seguimiento a los compromisos institucionales en la materia.

Promoción de los Derechos Humanos de las y los Jóvenes, las Personas Mayores y las Familias

En materia de promoción y divulgación de los derechos humanos de las y los jóvenes, personas mayores y las familias, se realizaron 267 actividades (conferencias, pláticas, cursos, talleres, cursos-talleres, foros) en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Chihuahua, Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, y Zacatecas, beneficiando a un total de 36,618  personas
 
En la promoción de los derechos de las familias, las juventudes y las personas de 60 años y más, destacan las siguientes actividades:
 
  • En colaboración con la H. Cámara de Diputados, la Secretaría de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Geriatría, el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) y el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, el día 21 de marzo, se llevó a cabo el Foro “Hacia la firma de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, el cual tuvo como objetivo analizar la situación de los derechos de ese grupo poblacional en nuestro país y los retos que existen para la firma y ratificación de ese instrumento internacional y en el que se participó con la conferencia Trato digno a las Personas Adultas Mayores.
  • El día 18 de mayo, en conjunto con el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero y la Casa de la Cultura Jurídica “Ministro Alberto Vásquez del Mercado” se organizó en Acapulco, Guerrero, el “Foro para el Fortalecimiento de las Familias: Estrategias para desalentar la violencia”, el cual tuvo como finalidad abrir un espacio de reflexión acerca de las Familias, la no discriminación hacia sus integrantes y la prevención de la violencia familiar. Adicionalmente, en dicho foro, personal de la CNDH participó en dos conferencias denominadas La Protección a la Familia en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos y La Familia: su labor en la formación de derechos humanos para sus miembros y su responsabilidad ante las personas mayores.
  • El día 19 de junio, en coordinación con la Comisión de Derechos Humanos de Coahuila de Zaragoza, se llevó a cabo en la ciudad de Saltillo, el Foro “Los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores”, en el marco del Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez (15 de junio), en el cual se dictaron las conferencias Discriminación y Violencia: Principales Violaciones a los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores y Necesidad de Criterios de inclusión para las Mujeres Adultas Mayores, en las que se abordaron temáticas vinculadas a la prevención del maltrato de ese sector poblacional, la necesidad de elaborar programas intergeneracionales con perspectiva de género en las escuelas, sensibilización a los cuidadores y capacitación a personal de centros o albergues públicos y privados con el fin de mejorar la calidad de la atención.
  • En el marco de la conmemoración del Día Internacional de las Personas de Edad ( que se celebra el 1° de octubre), se llevó a cabo en las instalaciones del Centro Nacional de Derechos Humanos el Foro “Hacia la ratificación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, en el que especialistas en la materia, desde un enfoque multidisciplinario, manifestaron la necesidad de que el Estado mexicano ratifique la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Ello ante la urgencia de contar con un sistema normativo que amplíe derechos específicos para las personas en esa etapa de la vida, y a su vez, de que se generen políticas públicas integrales que atiendan los principios desarrollados en ese instrumento internacional, como la valorización de la persona mayor, el reconocimiento de su dignidad, independencia, protagonismo y autonomía. Personal de la Comisión Nacional participó impartiendo la conferencia El maltrato a Personas Mayores, en la que se abordaron las causas de riesgo que llevan a cometer actos de violencia contra personas mayores y sus consecuencias. El Foro convocó a especialistas del Centro de Investigaciones sobre América Latina y el Caribe de la UNAM, del Instituto de Geriatría, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, del Instituto Nacional de las Mujeres, y del INAPAM.
  • El día 16 de noviembre, en colaboración con el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, se llevó a cabo el Foro “Las familias y el derecho a vivir sin violencia", en el que se destacó la importancia de que la población se adapte a los cambios demográficos, sociales y económicos para aceptar los nuevos modelos de familias y asumir que el respeto y protección a esas diferencias conllevan a una convivencia pacífica. Asimismo, se enfatizó en que las familias deben ser organizaciones dinámicas, en las que cada integrante debe contribuir a su conservación y funcionamiento para fomentar el desarrollo familiar y, con ello, crear ambientes cercanos y afectivos pues ello contribuirá a la erradicación de la violencia contra las niñas, las mujeres, las personas mayores y con discapacidad, que está basada en prejuicios y estereotipos que deben ser combatidos. Se impartieron las conferencias Las familias y el derecho a una vida sin violencia, y Acciones para erradicar la violencia y la discriminación que se ejerce contra las Personas Mayores.
  • El día 14 de diciembre, se participó en la Quinta Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Coordinación Interinstitucional de las Personas Adultas Mayores del INAPAM, evento que contó con la asistencia de diversas instituciones públicas y privadas, en el que se destacaron las actividades que han contribuido al respeto y protección de las personas mayores, así como al impulso del fortalecimiento del marco normativo nacional. Se resaltaron los desafíos más urgentes para la agenda de trabajo 2018, entre ellos, se mencionó que ante las afectaciones de los sismos se debe vigilar y brindar acompañamiento a las personas mayores en el proceso de reconstrucción a efecto de que se respete su derecho de prioridad y se diseñen planes y programas que les permitan el acceso a sus derechos sociales: vivienda digna, alimentación y salud adecuadas; educación; convivencia intergeneracional, y una mejor y mayor calidad de vida. También se enfatizó en la necesidad de concretar la aprobación y publicación del Programa Nacional Gerontológico con Perspectiva de Derechos Humanos; de concluir el proceso de ratificación de la Convención Interamericana sobre los Derechos de las Personas Mayores; garantizar el acceso a la justicia de las personas mayores, y de desarrollar programas de capacitación, sensibilización y mejores prácticas para personas servidoras públicas, personal médico, cuidadores e integrantes de las familias a fin de provocar un cambio cultural hacia la revalorización de las personas mayores, entre otros.
     

Vinculación en Materia de las y los Jóvenes, las Personas Mayores y las Familias

Con el fin de fortalecer la vinculación interinstitucional para mejorar las condiciones de vida de las y los jóvenes, las personas mayores y las familias, se realizaron 36 reuniones de trabajo con organizaciones tanto públicas como de la sociedad civil a nivel local y federal, en diversas entidades federativas del país. 
 
En el tema de personas mayores, la CNDH exhortó a la Secretaría de Relaciones Exteriores para culminar con el proceso de consultas para la firma y ratificación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, con la finalidad de ampliar el marco jurídico de protección de ese sector de la población y transitar hacia un sistema que cuente con los mecanismos idóneos para garantizar el acceso y ejercicio de sus derechos humanos, de conformidad con los estándares internacionales.

Asimismo, durante el mes de octubre, se solicitó al Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo Federal, se elabore, apruebe y expida el Reglamento de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, toda vez que a la fecha, esa legislación, publicada el 25 de junio de 2002, carece de una norma reglamentaria que garantice y otorgue vigencia plena a los derechos de ese sector de la población.

Divulgación de los Derechos Humanos de las y los Jóvenes, las Personas Mayores y las Familias

A efecto de dar a conocer entre la población los derechos fundamentales de las y los jóvenes, de las personas mayores y de las familias, se elaboraron, revisaron o actualizaron para su posterior publicación 12 materiales (trípticos, cuadrípticos, folletos, juegos de mesa, cartillas y libros). Adicionalmente, se distribuyeron 55,767 materiales de divulgación.

Protección y Defensa de los Derechos Humanos de las y los Jóvenes, las Personas Mayores y las Familias

Con el objeto de brindar orientación jurídica y canalizar a las instancias adecuadas a todas aquellas personas que lo solicitan, durante este periodo se proporcionó atención jurídica vía telefónica, presencial y/o electrónica a 472 solicitudes en diversas materias tales como pensión alimenticia; guarda y custodia; patria potestad; divorcio; visitas y convivencias; reconocimiento de paternidad; violencia sexual, psicológica, física y/o económica; discriminación; derechos de las y los jóvenes; derechos de las personas mayores; apoyos sociales; etc. Dichas solicitudes provinieron de los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guerrero, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y del extranjero. 
 
En materia de derechos humanos de las y los jóvenes, las personas mayores y las familias, se emitieron las siguientes recomendaciones:
 
  • Recomendación No. 2/2017, de fecha 31 de enero, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Baja California; al Presidente Municipal de Ensenada, Baja California; al Secretario de Desarrollo Social; al Secretario del Trabajo y Previsión Social; al Secretario de Educación Pública y al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre la violación a diversos derechos humanos en agravio de personas jornaleras agrícolas del Valle de San Quintín, Ensenada, Baja California. Entre los detenidos se encontraban jóvenes integrantes de familias jornaleras agrícolas, mujeres y personas menores de 18 años.
  • Recomendación No. 5/2017, de fecha de 28 de febrero, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre el caso de violación al derecho a la protección de la salud y violencia obstétrica, en el Hospital General Regional 251 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Metepec, Estado de México.
  • Recomendación No. 6/2017, de fecha 28 de febrero, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre el caso de violaciones a los derechos a la protección de la salud y a la información en materia de salud, así como violencia obstétrica en el Hospital General de Zona 46 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Gómez Palacio, Durango.
  • Recomendación No. 7/2017, de fecha de 28 de febrero, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud y de acceso a la información en materia de salud en agravio de una persona joven, en el Hospital General de Zona 197 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Municipio de Texcoco, Estado de México.
  • Recomendación No. 11/2017, de fecha de 21 de marzo, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre el caso de violación al derecho a la protección de la salud de una mujer indígena purépecha en estado de gravidez y la pérdida del producto de la gestación, en el Hospital Rural IMSS PROSPERA del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el Municipio de Paracho, Michoacán.
  • Recomendación No. 17/2017, de fecha 27 de abril, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila, sobre el caso de la violación al derecho a la protección de la salud en agravio de una persona menor de edad, y pérdida del producto de la gestación en el Hospital General de Torreón.
  • Recomendación No. 23/2017, de fecha 31 de mayo, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre casos de restricciones ilegítimas al derecho a la seguridad social, en la modalidad de protección a la maternidad.
  • Recomendación No. 24/2017, de fecha 21 de junio, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, sobre el caso de violencia obstétrica y violaciones al derecho a la protección de la salud y a la vida, en Hospitales de la Secretaría de Salud del Estado de Tabasco.
  • Recomendación No. 38/2017, de fecha 14 de septiembre, dirigida al Secretario de la Defensa Nacional y al Procurador General de la República, sobre el caso de violación a los derechos humanos a la protección de la salud y a la vida en agravio de una mujer en estado de gravidez, ocasionando afectaciones en el núcleo familiar.
  • Recomendación No. 39/2017, de fecha 14 de septiembre de 2017, dirigida al Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa; al Fiscal General del Estado de Sinaloa; al Presidente del H. Ayuntamiento del Municipio de Choix, Sinaloa y a la Presidenta del H. Ayuntamiento del Municipio de Sinaloa de Leyva, Sinaloa, sobre el caso de familias víctimas de desplazamiento forzado interno en el Estado de Sinaloa.
  • Recomendación No. 41/2017, de fecha 18 de septiembre, dirigida al Director General de Petróleos Mexicanos, sobre el caso de violencia obstétrica y violaciones al derecho a la protección de la salud y a la información en materia de salud en agravio de una mujer y pérdida del producto de la gestación en el Hospital Regional de Petróleos Mexicanos, en Ciudad Madero, Tamaulipas.
  • Recomendación No. 45/2017, de fecha 29 de septiembre, dirigida al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y a la información en materia de salud, en agravio de una mujer en estado de gravidez, en el Hospital Regional Manuel Cárdenas de la Vega del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado en Culiacán, Sinaloa.
  • Recomendación No. 46/2017, de fecha 29 de septiembre, dirigida al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, sobre el caso de violaciones al derecho a la protección de la salud y violencia obstétrica en agravio de una mujer, y pérdida del producto de la gestación en el Hospital General de Querétaro del aludido instituto.
  • Recomendación No. 48/2017, de fecha 19 de octubre, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sobre el caso de violaciones a los derechos a la protección de la salud, y a una vida libre de violencia obstétrica en agravio de una mujer joven, y a la vida de su hija recién nacida, en el Hospital de Gineco-Pediatría 3-A del instituto en comento, en la Ciudad de México.
  • Recomendación No. 49/2017, de fecha 19 de octubre, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida, y de acceso a la información en materia de salud de una mujer y su hijo recién nacido, en el Hospital General de Zona 194 en Naucalpan, Estado de México, así como en el Hospital General de Zona 2a “Troncoso” en la Ciudad de México, ambos de dicho instituto.
  • Recomendación No. 53/2017, de fecha 9 de noviembre, dirigida al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre el caso de violaciones a los derechos humanos de acceso a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica, con motivo de la declaración de improcedencia de la pensión por viudez, en agravio de tres personas, por causa de su estado civil.

Informes, diagnósticos, estudios o análisis en materia de derechos humanos de las y los jóvenes, las personas mayores y las familias

Asimismo, en cuestión de observancia de los derechos humanos de las y los jóvenes, las personas mayores y las familias, se realizaron los siguientes informes:
 
  • Informe especial de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre personas mayores en los centros penitenciarios de la República Mexicana.
  • Diagnóstico de la Comisión de los Derechos Humanos, como integrante de los grupos de trabajo que dan seguimiento a los procedimientos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM).
  • Actualmente se encuentra en revisión el Estudio sobre la situación de las personas mayores en México.