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INFORME DE ACTIVIDADES 2022    Ayuda

Propuestas de Cambios o Modificaciones Legislativas y Reglamentarias

 
Durante 2017 se dio seguimiento a las iniciativas de leyes y reformas en materia de derechos humanos, o bien a aquellas de interés para la Comisión Nacional, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República, con la finalidad de llevar a cabo su análisis y conocer los aspectos que contemplaban las mismas, y estar en posibilidad, de ser el caso, de brindar una oportuna opinión que condujera a una mayor protección de los derechos humanos amparados por el orden jurídico nacional.

Dentro de esa labor, destaca la llevada a cabo durante el proceso legislativo que dio lugar a la adopción de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, a través de la formulación de diversos comentarios y sugerencias a la H. Cámara de Diputados respecto de la iniciativa que se discutía. Para dicho fin, se llevaron a cabo reuniones con organizaciones de la sociedad civil, personas expertas en materia de tortura, así como con asociaciones internacionales.

Es importante resaltar que la Ley —publicada el 26 de junio de 2017— regula lo pertinente al Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, como instancia autónoma especializada, adscrita a esta Comisión Nacional.

De igual manera, se elaboró el proyecto de Reglamento del Mecanismo, que, entre otros aspectos, regula la estructura, funcionamiento y objetivos del mismo, así como la manera de realizar la supervisión permanente y sistemática de los lugares de privación de la libertad en todo el territorio nacional, mismo que fue aprobado por el Consejo Consultivo de la Comisión Nacional en su sesión 362 del 13 de noviembre de 2017 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 22 de diciembre.

Asimismo, durante 2017 se continuó con el seguimiento del proceso legislativo encaminado a la aprobación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2017.

Con la emisión de este ordenamiento, se atienden las diversas observaciones internacionales realizadas al Estado mexicano, en el sentido de que se definiera la desaparición forzada como un delito autónomo; se estableciera un registro nacional de personas desaparecidas forzosamente que garantizara que los familiares y personas defensoras de los derechos humanos tuvieran pleno acceso al mismo, y que permitiera la declaración de ausencia como consecuencia de tal situación.

Otro de los temas que en este rubro fueron de particular interés para la CNDH, fue la discusión de diversas iniciativas para legislar en materia de seguridad interior, por lo que esta Comisión Nacional consideró necesario remitir a la Cámara de Diputados, en febrero de 2017, un comunicado que contuvo Algunas consideraciones ante las propuestas legislativas que han formulado para la eventual emisión de una Ley de Seguridad Interior.

En atención a los señalamientos de especialistas, académicos y académicas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, la CNDH hizo un llamado a los miembros del Senado de la Republica y al Ejecutivo Federal para que ampliaran los espacios de acercamiento e intercambio de ideas, a efectos de que todas las voces fueran escuchadas y enriquecieran el debate parlamentario de la iniciativa de Ley que se encontraba en proceso de aprobación.

Asimismo, la CNDH exhortó a que el análisis legislativo se llevara a cabo bajo una perspectiva amplia, que pusiera en el centro la seguridad ciudadana y en el que se trataran de manera conjunta e integrada la parte procedimental del sistema de justicia penal, la estructura y el esquema de procuración de justicia, así como la determinación del tipo de policía que asumiría sustantivamente las tareas vinculadas a la seguridad pública, precisando los modelos bajo los cuales se daría su operación. Todo ello en coherencia con la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos.

Posteriormente, en el mes de noviembre, se analizó una nueva iniciativa en la materia presentada en la Cámara de Diputados, realizando diversos comentarios y expresando su preocupación por las disposiciones que podrían significar un riesgo para la vigencia de los derechos humanos. Finalmente, la Ley de Seguridad Interior fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del año que se informa, ante lo cual esta Comisión Nacional se encuentra analizando su conformidad con el marco normativo vigente en materia de derechos humanos, a fin de determinar las acciones a realizar en el marco de sus competencias y de su mandato de protección de los mismos.

También se realizó el estudio de las iniciativas de las leyes reglamentarias de los artículos 29 y 33 de la CPEUM, y se solicitó, tanto al Senado de la Republica como a la Cámara de Diputados, el impulso de las mismas dentro de la agenda legislativa. Al igual que de la propuesta de adición al artículo 4o. constitucional, para reconocer el matrimonio igualitario y la diversidad de familias. Asimismo, la CNDH se sumó a las voces tanto nacionales como internacionales que han recomendado que se suspenda el uso del arraigo como medida cautelar en todos los niveles de gobierno, toda vez que es una práctica de alto costo y riesgo en materia de derechos humanos y que contraviene el cumplimiento por el Estado Mexicano de diversos instrumentos internacionales a los que está vinculado por lo que, el 31 de enero de 2017, remitió al Senado de la República, el "Posicionamiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la CNDH respecto del arraigo", a fin de que se modifique el artículo 16 constitucional y se elimine la figura del arraigo.

Con motivo del inicio del primer periodo de sesiones del tercer año de trabajo de la LXIII Legislatura (septiembre-diciembre de 2017), el 1 de septiembre la CNDH remitió comunicados a ambas Cámaras del Congreso de la Unión, mediante los cuales, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales encomendadas a este Órgano Constitucional Autónomo, solicitó que impulsaran dentro de la agenda legislativa del periodo ordinario referido, la prosecución del proceso legislativo de las iniciativas existentes, así como la promoción de distintas acciones legislativas en materia de derechos humanos, entre las cuales destacan las relativas a los derechos de las personas jóvenes; al desplazamiento forzado interno; a la consulta previa; a la cancelación de los antecedentes penales; realizar reformas para prevenir y sancionar adecuadamente la violencia sexual en niñas y niños en centros educativos; establecer el reconocimiento constitucional de la población afrodescendiente, al igual que promover reformas a la Ley del Seguro Social en materia de pensiones de viudez en beneficio de varones.

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