Expedientes de Inconformidad

Las inconformidades son substanciadas mediante los recursos de queja e impugnación, con base en lo dispuesto por el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de acuerdo con las disposiciones de la Ley de la CNDH. De esta manera, la CNDH conoce de las inconformidades que se presentan con relación a las recomendaciones, acuerdos u omisiones de los organismos de protección a los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas.

Conforme el artículo 56 de la Ley de la CNDH, el recurso de queja, sólo podrá ser promovido por las personas quejosas, o denunciantes que sufran un perjuicio grave, por las omisiones o por la inacción de los organismos locales, con motivo de los procedimientos que hubiesen substanciado ante los mismos, y siempre que no exista Recomendación alguna sobre el asunto de que se trate; y hayan transcurrido seis meses desde que se presentó la queja o denuncia ante el propio organismo local. En caso de que el organismo local acredite estar dando seguimiento adecuado a la queja o denuncia, el recurso de queja deberá ser desestimado.

Por otra parte, el recurso de impugnación procederá exclusivamente ante la Comisión Nacional y contra las resoluciones definitivas de los organismos estatales de derechos humanos o respecto de las informaciones también definitivas de las autoridades locales sobre el cumplimiento de las recomendaciones emitidas por los citados organismos (art. 61 de la Ley de la CNDH). Excepcionalmente podrán impugnarse los acuerdos de los propios organismos estatales cuando, a juicio de la Comisión Nacional, se violen ostensiblemente los derechos de las personas quejosas o denunciantes en los procedimientos seguidos ante los citados organismos, y los derechos deban protegerse de inmediato.

Tramitación de Expedientes de Inconformidad

El estado de los expedientes de inconformidad al cierre del año es el siguiente:

Expedientes de inconformidad
 

 Expedientes de inconformidad Fila: En trámite al inicio del añoRegistradosConcluidosEn trámite al cierre del año

Nota: En lo que respecta a los recursos de queja y de impugnación, en este año fueron concluidos más expedientes que los registrados, debido a la atención brindada a los asuntos que se encontraban en trámite al inicio del ejercicio.

Servicios para la integración de los expedientes de inconformidad
 
Como parte de la tramitación de los expedientes de inconformidad, la CNDH en este año brindó diversos servicios para la integración de los mismos, como se muestra a continuación.
 

 Servicios para la integración de los expedientes de inconformidad Columna: Expedientes


Los recursos de queja fueron concluidos de la siguiente forma:
 
Formas de conclusión de los recursos de queja
Desestimado e infundado 142
Recomendación 2
Total 144
 
 
En lo que corresponde a los recursos de impugnación el resultado se presenta a continuación:

 
Formas de conclusión de los recursos de impugnación
Desestimado e infundado 512
Confirmación de Resolución Definitiva del Organismo Local 18
Suficiencia en el Cumplimiento de la Recomendación emitida por Organismo Local 6
Recomendación 8
Total 544
 
 
Las autoridades destinatarias de las recomendaciones originadas por expedientes de inconformidad pueden consultarse en la sección de recomendaciones.

En la sinopsis de las inconformidades del periodo 1992-2017, puede consultarse el estatus y su forma de conclusión.