Informes Especiales

Otro de los instrumentos con que cuenta esta Comisión Nacional, para defender y promover los derechos humanos, son los Informes Especiales, los cuales, además de hacer el diagnóstico de las problemáticas, posibilita hacer sugerencias de políticas públicas concretas.

Informe Especial "Caravanas 2021: Nuevos Retos para las Movilidades en México"

Este Informe analiza el nacimiento de las caravanas en México como forma de protección de las personas migrantes para hacer el camino de la migración, viajando en grandes contingentes, buscando superar, en grupo, el miedo a la delincuencia organizada que lucra con su necesidad.

En él se exponen, desde una perspectiva de los derechos humanos, los matices de las caravanas 2021 en atención específica al incremento en las solicitudes de refugio. Abordamos el marco jurídico del derecho al refugio y explicamos claramente el procedimiento de solicitud de la condición de refugiado en nuestro país, con la finalidad de que cualquier persona interesada en el tema tenga claridad sobre el mismo y pueda identificar las problemáticas asociadas a los plazos establecidos, en un contexto de personas que huyen de sus comunidades y países de origen.

Caracterizamos a los actores, y llamamos a fortalecer el trabajo interinstitucional para lograr que los plazos y los términos se adapten a las necesidades de las personas en movilidad. Además, proponemos una guía de acción hacia la construcción de Protocolos de Atención que deben tener carácter diferenciado, perspectiva de género y criterios tan determinantes como son la interculturalidad e intersectorialidad de las personas migrantes, abordando la importancia de considerar políticas de integración.

Informe Diagnóstico Sobre las Condiciones de Vida de las Mujeres Privadas de la Libertad desde un enfoque interseccional

Este Informe Diagnóstico busca impulsar acciones que contribuyan a que el Estado Mexicano, a través de sus instituciones, rompa con los eslabones de desigualdad, estigmas y prejuicios generados a partir de una cultura patriarcal en torno a dichas mujeres que, de manera directa e indirecta, permean hasta ahora en sus condiciones de internamiento y postpenitenciarias.

Para realizarlo, la CNDH, supervisó todos los centros femeniles y mixtos del país, a fin de conocer mediante entrevistas y la observación en visitas de supervisión, la realidad de las mujeres privadas de su libertad que se encuentran en los centros penitenciarios mexicanos.
A través de este Informe Diagnóstico, la CNDH pretende generar el involucramiento de todas las autoridades no solo penitenciarias, entendiéndose que es una tarea de todas las instituciones que conforman el Estado Mexicano asumir y promover de manera urgente y progresiva el cumplimiento de garantizar a las mujeres internas sus derechos humanos a partir de la adopción de acciones y medidas que les permita acceder a una igualdad sustantiva en relación con los hombres privados de la libertad, a fin acabar con el sesgo androcéntrico que alienta y reproduce la invisibilización de las mujeres. Además, al visibilizar ámbitos en los que se manifiesta y reproduce la falta, insuficiencia o deficiencias en el acceso a servicios básicos para las mujeres privadas de su libertad, lo que afecta de manera directa en su habitabilidad y estancia digna, a fin de demandar acciones que garanticen los derechos humanos como un imperativo real e impostergable en los centros mixtos y femeniles en los que están internas.

 Con los resultados obtenidos, la CNDH sienta las bases para que las autoridades responsables generen mecanismos dotados de perspectiva de género y no discriminación, a fin de lograr que las mujeres accedan a la igualdad sustantiva y que se refleje en el más alto nivel de bienestar y calidad de vida en internamiento. 

Informe Especial en seguimiento a la Implementación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en Hidalgo para el proceso electoral 2021-2022

Este Informe se emitió el 15 de septiembre de 2022, en el marco del Día Internación de la Democracia, en seguimiento a la Implementación del Modelo de Operación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el estado de Hidalgo para el Proceso Electoral 2021-2022, así como de las acciones emprendidas conforme al Modelo de Operación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva, dispuesto por el Instituto Nacional Electoral (INE) en 2021, que dio lugar a la implementación de una prueba piloto en diversos Centros Federales del país.

Fue así como, en mayo de 2022, esta Comisión Nacional mantuvo presencia en la jornada electoral anticipada celebrada en centros de reinserción social del estado de Hidalgo, tal como lo hizo en su momento en los Centros Federales. Personal de la Tercera Visitaduría constató el desarrollo de las votaciones de las personas en prisión preventiva en tres de los cuatros centros penitenciarios elegidos en el estado de Hidalgo, siendo estos los Centros de Reinserción Social de Pachuca, Tula y Tulancingo; mientras que en el Centro de Reinserción Social de la Huasteca Hidalguense se solicitó información relativa a los comicios efectuados.

El Informe Especial da cuenta del desarrollo de la jornada electoral en cada centro penitenciario, pero además analiza de la información brindada por las personas en prisión preventiva que emitieron su voto y cómo vivieron dicha experiencia a partir de un enfoque de derechos humanos, destacando las buenas prácticas realizadas y aquellas áreas de oportunidad a mejorarse, haciendo una serie de propuestas con el fin de que se traduzcan en una mayor protección de sus derechos, de frente a los comicios que se celebren en otras entidades de la República y a las relativas al año 2024.

Es de señalar que, de las 32 entidades federativas que cuentan con una legislación electoral propia, solo Hidalgo contempla el derecho al voto de las personas en prisión preventiva, en tanto que en 31 de estas no se prevé de manera expresa el acceso al ejercicio al voto a dichas personas, por lo que en el Informe se hace énfasis sobre la importancia de que los Congresos locales de cada uno de esos estados contemplen, de manera progresiva, reformas que a la luz de la resolución emitida por el Tribunal Federal Electoral reconozcan expresamente el ejercicio del sufragio a las personas en prisión preventiva.

Informe Especial sobre la Violación del Derecho a la Democracia del Pueblo, y la Represión de los Derechos de Reunión y Asociación por el Estado Mexicano (1951-1965)

Mediante este Informe -que fue el referente de la Recomendación 46/2022-, la CNDH se planteó la importancia de investigar las violaciones a los derechos humanos de los militantes y simpatizantes de la Federación de Partidos del Pueblo Mexicano, del Partido Constitucionalista Mexicano, del Partido de la Revolución, del Partido Obrero y Campesino Mexicano, el Partido Agrario Obrero Morelense y el Partido Comunista Mexicano, cometidas en los años 50-60, como una forma de revisar, a la luz de los derechos humanos, las deficiencias y vicios heredados en el ejercicio de nuestros derechos políticos, con el objeto de no repetirlos.

En la contextualización que se hace de los hechos, se parte del análisis de la Recomendación 26/2001, del Informe FEMOSPP y de los trabajos de la Comisión de la Verdad de Guerrero, por ser estos los antecedentes de los esfuerzos o las iniciativas estatales relacionados con la búsqueda del esclarecimiento de la violencia política de Estado. Así mismo, se hace mención de la creación de la Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990, como el esfuerzo más reciente para abordar esta demanda histórica de justicia, memoria y verdad.

El Informe integra una profunda revisión de las normas jurídicas concebidas específicamente para dotar de legalidad actos del Estado con fines represivos. Resalta la creación de la Dirección Federal de Seguridad y el papel del Ejército mexicano de 1946 a 1965, e incluye un balance del cuestionable desempeño del Estado Mayor Presidencial en hechos completamente ajenos a su función. Documenta, asimismo, diversos casos de graves violaciones a derechos humanos cometidas durante el periodo, como la Masacre de Tlacotepec, la Represión de la Fiesta de la Victoria del 7 de julio de 1952, o la ejecución extrajudicial de Marco Antonio Lanz Galera y Rubén Jaramillo, entre muchos otros episodios que dan cuenta de los excesos a los que se llegó para institucionalizar y normalizar el impedimento del ejercicio de los derechos políticos en México, en los años subsecuentes.

El Informe Especial implicó, finalmente, un obligado análisis de la evolución de nuestro sistema electoral, y los vicios en que se ha incurrido, que han favorecido la manipulación de los resultados en las elecciones o bien para ponerlos en duda. Y por lo mismo, tiene por objeto brindar herramientas para que la ciudadanía y las autoridades se involucren y establezcan medidas necesarias para la implementación de políticas públicas progresivas referentes a los derechos a la verdad y la memoria, pero también al derecho a la democracia y a los derechos de reunión, de asociación y a la protesta social.

Informe Especial de la CNDH sobre el estado que guarda el tráfico y el secuestro en perjuicio de personas migrantes en México 2021

Se trata de la actualización del informe presentado en noviembre de 2021 que abarcó el periodo 2011-2020. En esta ocasión, se sistematizó la información de las autoridades respecto al año 2021 y se reconoce que, gracias a la publicación del Informe 2011-2020, la Secretaría de Gobernación integró, por primera vez, un Grupo de Trabajo sobre Tráfico Ilícito de Migrantes.

Para la documentación del Informe se enviaron petitorios de información al Instituto Nacional de Migración (INM), a la Secretaría de Marina (SEMAR), a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), a la Guardia Nacional (GN), a la Fiscalía General de la República (FGR), a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), y a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), así como sus homólogas en las 32 entidades federativas y a las Comisiones Estales de Derechos Humanos. Complementariamente, se realizó un monitoreo en portales digitales sobre noticias vinculadas a los temas del tráfico y el secuestro en perjuicio de personas migrantes en México durante 2021.

En comparación con la información presentada en el Informe 2011-2020, se advierten variaciones importantes que muestran un incremento en la comisión de los delitos de tráfico y secuestro de personas, pero, también en la judicialización de casos, aunque ello no se traduce en un aumento en el reconocimiento de la calidad de víctimas. El INM reportó que durante el año 2020 se identificaron a 164 personas migrantes relacionadas con el delito de tráfico y 4 con el de secuestro; en cambio, durante el año 2021 identificó a 990 por el primer delito y 31 por el segundo, de tal suerte que en 2021 se calcula un incremento del 503% en el tráfico y 675% en materia de secuestro en perjuicio de esta población. A la par, según datos de la FGR en el 2021 existe un incremento del 260.5% en las carpetas de investigación en las que se ejercitó acción penal por el delito de tráfico de personas y 700% por el de secuestro, respecto del 2020. Los sujetos pasivos de ambos ilícitos están debidamente identificados respecto a la nacionalidad, sexo y edad, siendo 13,378 en materia de tráfico y 87 posibles víctimas del delito de secuestro.

Por parte de la CEAV, observamos que en 2021 hay un incremento en 23.8% de las personas inscritas por el delito de tráfico y una disminución del 14.28% de las inscritas por el delito de secuestro en el Registro Nacional de Víctimas, respecto de 2020.
Se destaca asimismo en el Informe que durante 2021 las Policías Estales participaron en 159 operativos en los que se rescataron a 3,922 personas extranjeras que estaban siendo transportadas de manera ilegal, y que esto sucedió principalmente en Aguascalientes (397), Puebla (1,049) y Tamaulipas (2,044).

Entre las propuesta que se sugieren, destacan las reformas necesarias en la Ley de Migración para adecuar el tipo de tráfico de personas migrantes y con ello prevenir y sancionar dichos delitos, así como diseñar y coordinar la alimentación de un Registro Nacional en materia de Tráfico de Migrantes y atención a las víctimas, en el que las autoridades competentes en materia de seguridad del país, reporten las acciones realizadas en el rescate de personas migrantes que hayan sido víctimas del delito de tráfico ilícito.